Régimen de regularidad
Las condiciones de regularidad de las carreras que se dictan en la Facultad de Derecho se establecen en las resoluciones Res. (CD) 3239/15, Res. (CD) 1545/01 y sus normas complementarias, en concordancia con la Resolución del Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires Res. (CS) 1648/91.
1. Requisitos para mantener la regularidad
Para mantener la regularidad en la Facultad de Derecho sus estudiantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
A. Aprobar un mínimo de dos asignaturas cuatrimestrales, o una anual (u obtener créditos por ocho puntos) cada dos años lectivos (conforme al Art. 1, Res. (CD) 1545/01). Se computará como año lectivo el período comprendido entre el 1º de abril de un año y el 31 de marzo del año siguiente (conforme al Art. 2, Res. (CS) 1648/91).
B. Completar la aprobación de todas las asignaturas y obligaciones correspondientes al plan de su carrera, excluyendo al Ciclo Básico Común, en un lapso no mayor de doce (12) años lectivos (conforme al Art. 1, Res. (CD) 1545/01, modificado por Resolución (D) 4048/11).
C. Presentar un número de aplazos inferior al treinta y tres por ciento (33%) del total de las asignaturas que integran el plan de estudios, incluido el Ciclo Básico Común (conforme al Art. 1, Res. (CD) 1545/01).
2. Cómo recuperar la regularidad
Conforme lo establecido por el Anexo de la Res. (CD) 3239/15 existen tres vías para recuperar la condición de estudiante regular:
Solicitud de Readmisión sin el reconocimiento de las materias aprobadas |
Solicitud de Readmisión con el reconocimiento de las materias aprobadas |
Rendir y aprobar el Examen de Readmisión |