Convocatoria UBANEX - Programa de subsidios para proyectos de extensión universitaria

Características del Programa UBANEX

UBANEX es un programa de subsidios de la Universidad de Buenos Aires para proyectos de extensión universitaria. Tiene como fundamento poner de manifiesto el continuo interés de la Universidad por retomar el rol que esta sociedad le asigna y que reflejan sus estatutos, fortaleciendo la formación de cuadros docentes, capacitando profesionales e investigadores, y recuperando la misión social que se expresa en la extensión universitaria, como potencialidad de conocer, estudiar, intervenir con perspectiva interdisciplinaria en cuestiones de relevancia social.

Anualmente, el Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires implementa por llamados la convocatoria de los proyectos fijando las bases y condiciones, así como los objetivos específicos de cada convocatoria.

Los proyectos deben tener una duración máxima de hasta 12 meses y deben involucrar la participación efectiva de un mínimo de estudiantes así como el compromiso manifiesto de terceros interesados en su implementación (cooperativas, asociaciones civiles, centros culturales, organismos del sector público, comedores comunitarios y otros similares).

La Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil del Rectorado de la Universidad de Buenos Aires realiza el seguimiento y control de los proyectos, analizando los informes de avance y finales que deben presentarse ante dicha dependencia, conforme las pautas de rendición de cuentas previstas en la resolución del llamado, a los 6 (seis) meses y al año de proyecto respectivamente.

15° Convocatoria

La Secretaría de Extensión de la Facultad de Derecho informa que se encuentra abierta la convocatoria al 15° llamado del "Proyectos de Extensión Universitaria UBANEX- “Prof. DR. GARCÍA OSCAR G”.

En esta convocatoria la Universidad de Buenos Aires sigue creando espacios de conocimiento para contener la complejidad de las exigencias del medio social, asumiendo la responsabilidad de interpretar, participar y dar respuestas en un ámbito de excelencia, a través del trabajo conjunto de docentes y alumnos en situaciones concretas de la realidad.

Requisitos básicos

¿Quiénes pueden presentar proyectos ubanex?

A. Podrán ser directores del proyecto:

  • Profesores regulares o interinos.
  • Jefes de Trabajos Prácticos regulares o interinos con:
    - Titulo de Doctorado, Maestría o Especialista, de Universidades Nacionales.
    - 3 años conduciendo proyectos de Voluntariados acreditados (SPU).
    - Director de programas o proyectos debidamente acreditados (por Unidad Académica).
  • Ayudantes de primera regulares con:
    - Titulo de Doctorado, Maestría o Especialista, de Universidades Nacionales.
    - 3 años conduciendo proyectos de Voluntariados acreditados (SPU).
    - Director de programas o proyectos debidamente acreditados (por Unidad Académica).

Asimismo, todos los proyectos deben contar con un Co-Director, que debe cumplir con los mismos requisitos del Director. Cada persona, sea en su condición de director y/o de co-director, puede formar parte de hasta 2 (dos) proyectos por cada convocatoria.

Es necesario que se adjunte en todos los casos la constancia que certifique dicho cargo (copia de resolución de designación o certificación)

Para que un postulante pueda presentar un proyecto en la convocatoria vigente, debe haber presentado todas las rendiciones anteriores en las que haya participado.

B. Cada proyecto debe contar con un mínimo de quince (15) estudiantes universitarios, pudiendo realizarse un recambio de alumnos en el trascurso del desarrollo del proyecto. Se priorizará aquellos proyectos que demuestren una amplia capacidad de multiplicar la participación de los estudiantes.

C. Los proyectos deberán contar con el compromiso manifiesto de terceros interesados en su implementación. Se entiende por terceros a entidades intermedias, cooperativas, asociaciones civiles, organismos del sector público, centros culturales ,comedores comunitarios y otros similares, con los cuales se deberá firmar una Carta Compromiso, debidamente rubricada por el director del proyecto, por una autoridad de la entidad contraparte, y por una autoridad de la Unidad Académica correspondiente.

¿Qué tipo de proyectos pueden presentarse?

Los proyectos deben ser claramente proyectos de extensión. Pueden estar vigentes o ser propuestas de nuevas intervenciones.

Los proyectos deberán tener una extensión de un (1) año, contado a partir de la fecha de la Resolución de Consejo Superior de aprobación de los proyectos que serán subsidiados, con excepción de los proyectos que hayan sido seleccionados en los 3 años consecutivos anteriores (denominados "proyectos consolidados"), que tendrán una extensión de dos (2) años.

¿Cómo se evalúan los proyectos?

Los Proyectos serán evaluados en dos partes:

Parte A: por los Secretarios de Extensión Universitaria o su equivalente de cada Unidad Académica y del Ciclo Básico Común, teniendo en cuenta el Art. N°5 de la presente Resolución.

Parte B: por la Comisión evaluadora designada, evaluara los proyectos en base a la grilla de evaluación cuyos parámetros se encuentran en el Anexo II de la presente resolución del llamado. Una vez evaluados, los proyectos serán aprobados mediante Resolución del Consejo Superior de nuestra Universidad y serán publicados en la página web de esta.

¿Cuánto se financia por proyecto?

Los proyectos no consolidados: de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS ($753.300.-) con monto diferencial para aquellos UBANEX que tengan las siguientes características:

a) Los proyectos que necesiten un cuarenta por ciento (40 %) de insumos para su realización tendrán un treinta y cinco por ciento (35%) más del monto inicial.

Se considera de manera exclusiva insumos a: insumos médicos, odontológicos, farmacéuticos, agropecuarios, oftalmológicos, ópticos, veterinarios y material de construcción. Entendiendo por insumos aquellos bienes, que deben emplearse con otros (son interdependientes entre sí) para constituir el bien.

b) Los proyectos que cumplan con la condición de considerarse una práctica social educativa tendrán un quince por ciento (15%) más del monto inicial, debiendo estar debidamente justificado la asociación del proyecto a la materia obligatoria, electiva, optativa que cumpla con al menos veinte (20) horas de Practica Social o vinculación social, fomentando las Practicas Sociales Educativas.

Los proyectos consolidados: de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($1.129.950.-), con monto diferencial para aquellos UBANEX que tengan las siguientes características:

a) Los proyectos que necesiten un cuarenta por ciento (40 %) de insumos para su realización tendrán un treinta y cinco por ciento (35%) más del monto inicial.

Se considera de manera exclusiva insumos a: insumos médicos, odontológicos, farmacéuticos, agropecuarios, oftalmológicos, ópticos, veterinarios y material de construcción. Entendiendo por insumos aquellos bienes, que deben emplearse con otros (son interdependientes entre sí) para constituir el bien.

b) Los proyectos que cumplan con la condición de considerarse una práctica social educativa tendrán un quince por ciento (15%) más del monto inicial, debiendo estar debidamente justificado la asociación del proyecto a la materia obligatorio electiva, optativa que cumpla con al menos veinte (20) horas de práctica social o vinculación social, fomentando las Practicas Sociales Educativas.

¿Para qué se puede utilizar el subsidio?

El subsidio podrá utilizarse para financiar los siguientes gastos:

  • Viáticos: movilidad (transporte urbano, de mediana distancia),
  • Bienes de consumo: productos alimenticios, productos de papel, cartón e impresos, y otros; elementos de limpieza, útiles de escritorio, refrigerios, pasajes, alojamientos, siempre y cuando estén en el marco de los objetivos específicos del proyecto, etc.
  • Servicios comerciales: flete, imprenta, publicaciones, etc.
  • Seguros: con el fin de cubrir a los estudiantes en terreno, al realizar las prácticas educativas en el marco del proyecto.

Bienes de uso: maquinaria, equipos, etc. La inclusión en el presupuesto de cualquier bien de uso superior a pesos ochenta mil ($80.000.-) deberá estar justificada en función del tipo de acciones a realizar por el proyecto, y acompañada de TRES (3) presupuestos. Este tipo de bienes deberá donarse a la entidad contraparte con la cual se desarrolla el proyecto, o a la Unidad Académica a la cual pertenece, debiendo figurar al momento de la rendición una carta de aceptación de la donación firmada por la máxima autoridad de la institución involucrada, o el número de patrimonio otorgado por la Unidad Académica respectiva.

  • PAGOS: Las compras deben ser efectuadas al contado, con tarjeta de débito, Pago Fácil, Rapipago, Pago Mis Cuentas o transferencia bancaria presentando el cupón de pago según corresponda
  • NO PUEDEN REALIZARSE: gastos con tarjetas de crédito, en caso de que se utilicen a modo de excepción en una situación de urgencia, el gasto debe ser autorizado por el Secretario de Extensión Universitaria de Rectorado y Consejo Superior.
    No se podrá utilizar billeteras virtuales.
    Asimismo, si se obtienen devoluciones, bonificaciones o alguna otra compensación por su uso, se deberá realizar el reintegro del importe correspondiente.
  • NO SE FINANCIARÁN: gastos vinculados a Congresos, Jornadas o similares (inscripción, viaje, alojamiento, etc.). Publicación del proyecto a solo efecto de su difusión, gastos realizados con autos particulares, gastos de avión, honorarios para estudiantes, docentes y/o profesionales; servicios personales; becas; donaciones o retribuciones; gastos en el exterior y alquiler de inmuebles.

¿Cómo y quién realiza el seguimiento y control de los proyectos?

La Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado y Consejo Superior realizará el seguimiento, autorizaciones, control de los proyectos presentados ante dicha dependencia, analizando los informes finales y la Dirección de Rendición de Cuentas dependiente de la Secretaría de Hacienda y Administración de esta Universidad se encargará de revisar las rendiciones económicas presentadas por los responsables de cada uno de los proyectos.

Plazo y presentación

Los proyectos deberán presentarse conforme el formulario previsto más abajo (Ver Anexos).

Antes de ser presentados a la Secretaría de Extensión del Rectorado, los proyectos que se originen en esta Facultad deberán presentarse en la Secretaría de Extensión Universitaria de la Facultad (Planta Principal) hasta el 6 de junio de 2025, a fin de gestionar el aval y las firmas por parte de las autoridades de la Facultad por la Secretaría de Extensión. Deberá acompañarse en esa instancia:

  • Presentación en papel solo la parte de las firmas de los directores y autoridades y la carta compromiso debidamente firmadas (Formulario para la presentación de proyectos en papel)
  • Presentación en digital al correo proyectosubanex@derecho.uba.ar del proyecto completo con toda la documentación completa (formulario, CV abreviado de los directores/codirectores, copias de DNI, constancias de CUIT o CUIL de cada uno de ellos, cartas compromiso y copia simple de la resolución o certificación que avale la designación docente declarada).

RESOLUCIÓN UBANEX 15

Anexos

Para consultas e información:
sec.extension@derecho.uba.ar
proyectosubanex@derecho.uba.ar
4809-5707/ 5287-7028
Secretaría de Extensión Universitaria de la Facultad de Derecho (UBA)